Aportes y Haberes
Aportes
Los afiliados podrán optar por el nivel de aportes en el que deseen estar encuadrados, excepto que se encuentren jubilados y continúen en actividad, en éste último caso deberán obligatoriamente aportar en el nivel 6.
La opción para encuadrarse en alguno de los niveles será válida para el año calendario, solo podrá ser modificada antes de la finalización de éste y tendrá validez para el año siguiente. En el caso de no haber ejercido opción en el nivel de aportes, se considerará efectuada la opción en el nivel mínimo que corresponda según la siguiente escala:
El nivel de aportes mínimo al que pueden optar los afiliados estará en función de la antigüedad desde el otorgamiento del título habilitante cumplida al comienzo del año calendario correspondiente de acuerdo a la siguiente escala:
Los niveles 4 y 5 son optativos y el nivel 6 es solo para jubilados en actividad.
El valor del galeno se determina por Asamblea.
Cuadro de variación de los valores de los galenos:
Haberes
Jubilación
La prestación por retiro profesional a la que tendrán derecho los afiliados será la Jubilación Ordinaria y la complementaria del haber jubilatorio. En el primer caso el derecho a esta prestación se adquiere cuando el afiliado alcance la edad de 65 años y compute 35 años de servicios con aportes, este derecho deberá ser declarado expresamente por el Directorio a solicitud del interesado.
El afiliado que no compute 35 años de servicio recibirá un haber jubilatorio equivalente a los años efectivamente aportados.
En el segundo caso, el derecho a esta prestación se adquiere cuando el afiliado jubilado por este sistema resuelva cesar definitivamente en la actividad profesional.
La Jubilación Ordinaria se hará efectiva al afiliado que reúna las condiciones fijadas precedentemente y no implica el cese del ejercicio profesional en ninguna de sus formas, quien de continuar con el mismo y habiendo aportado al sistema, tendrá derecho a un incremento del haber jubilatorio.
Requisitos para la solicitud de Jubilación
- Formulario de solicitud del beneficio (Descargar)
- Copia del DNI
- Constancia de CUIT/CUIL
- Formulario cobro haberes (Descargar)
- No poseer deudas previsionales al momento de la solicitud
En el caso de que el profesional decida cesar el ejercicio profesional al momento de solicitar la jubilación, deberá enviar junto con la solicitud, la constancia de baja de la matrícula provincial.
Pensión
Al fallecer un profesional, tendrán derecho a pensión su cónyuge, sus hijos propios o adoptivos, menores e incapaces.
Requisitos para la solicitud de pensión
- Nota de solicitud del beneficio firmada por el causahabiente que solicite la pensión (Descargar)
- Copia legalizada del certificado de defunción del causante
- Documentación que pruebe el vínculo familiar del o los causahabientes que soliciten la pensión:
- Cónyuge: copia de la partida de matrimonio debidamente actualizada y legalizada
- Hijos: partidas de nacimiento debidamente legalizadas, en caso de hijos menores de 18 años
- Conviviente: Informaciones sumarias prestadas por dos testigos ante autoridad judicial competente, tendiente a acreditar la convivencia. Partida de matrimonio en el extranjero actualizada y legalizada (si la hubiere). Partida de nacimiento de los hijos nacidos en aparente matrimonio. Constancias que acrediten domicilios en común del solicitante y del causante hasta el fallecimiento. Constancias que se encontraba a cargo, sobre la base de denuncia o declaraciones que hubiere formulado el causante o la conviviente en documento público o privado, debidamente autenticado por Escribano Público o autoridad competente, hasta el fallecimiento. ha iniciado juicio sucesorio, se deberá indicar la radicación del mismo y si media declaratoria de herederos. En caso de que el causante fuera divorciado, deberá acompañar sentencia de divorcio completa y/o acuerdo alimentario homologado Judicialmente si lo hubiere. En caso de que el causante fuera viudo, deberá acompañar el Certificado de Defunción de la primera esposa. Todo otro dato de utilidad para acreditar la convivencia.
- Comprobante de CUIT o CUIL
- Fotocopia del DNI del solicitante
- Formulario de cobro de haberes (Descargar)